Presentación Consejo Admin. Anticipa_ES
Obligaciones de control interno: Obligaciones de la normativa
Para poder graduar el alcance en la aplicación de las medidas de diligencia debida antes descritas es obligatorio realizar un INFORME DE AUTOEVALUACIÓN DEL RIESGO . Se trata de un informe que valora la exposición al riesgo de la Entidad, valora la fortaleza de su sistema preventivo e identifica aquellas situaciones de mayor riesgo a las que está expuesta. Este documento sirve de base para definir el alcance de los procedimientos a cumplir. Es obligatorio disponer de un MANUAL DE PROCEDIMIENTOS que incluya todos los procedimientos que tiene implantados la Entidad para cumplir con cada una de las obligaciones de la normativa. Este MANUAL debe ser aprobado por el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, conocido por todos los empleados y actualizado según los cambios legales o internos en la Entidad. Si bien el cumplimiento de la normativa es responsabilidad de TODOS los empleados, siendo el máximo responsable el Consejo de Administración, para garantizar que se cumple la normativa y los procedimientos internos es obligatorio crear una estructura organizativa interna . En particular se deben crear las siguientes figuras: ü REPRESENTANTE ANTE EL SEPBLAC : Realiza las funciones de interlocutor con el SEPBLAC. Debe ser alto cargo de administración o dirección de la Entidad. ü ÓRGANO DE CONTROL INTERNO : Órgano colegiado formado por representantes de las distintas áreas de negocio de la Entidad. Responsable de tomar las decisiones para que la Entidad cumpla con las Políticas y Procedimientos definidos. ü UNIDAD TÉCNICA : Departamento responsable del cumplimiento de las funciones operativas en la materia.
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