Presentación Consejo Admin. Anticipa_ES
Obligaciones de información: Obligaciones de la normativa
La normativa nos obliga a detectar y analizar actuaciones o comportamientos de los clientes que pudieran estar relacionados con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Para ello debemos contar con herramientas informáticas adecuadas y la colaboración estrecha de todos los empleados, que deben estar debidamente formados para detectar estos comportamientos. La normativa impone principalmente la obligación de ABSTENCIÓN ante cualquier operación con estos indicios. Siendo extraordinario el hecho de poder realizar una operación que consideremos sospechosa (porque no podamos negarnos o porque el hecho de ejecutarla pueda poner en riesgo la persecución legal de esa persona). Debemos tener canales seguros por los que los empleados comuniquen estas operaciones a los órganos internos para su análisis. Tras el análisis por parte de esto órganos se debe decidir sobre: - COMUNICACIÓN AL SEPBLAC : Reportar la operación al SEPBLAC para que realice una investigación - EJECUCIÓN O ABSTENCIÓN : Decidir sobre si ejecutar la operación o abstenerse. En caso de ejecutarse una operación que se haya decidido comunicar al SEPBLAC hay que justificarle el motivo de la no abstención.
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